La Cámara Primera del Trabajo de Bariloche condenó a una empresa a indemnizar a un trabajador que se consideró despedido luego de que la firma le descontara catorce días de salario mientras se encontraba de licencia por un cuadro de salud mental.

 Para los jueces, la decisión de mantener la quita salarial, pese a que el empleador conocía la situación médica y había sido informado sobre la continuidad del tratamiento, constituyó una “injuria laboral de suficiente gravedad” como para justificar el despido indirecto.

La sentencia sostuvo que el empleador vulneró el deber de buena fe que debe regir toda relación laboral al privar al trabajador de una parte sustancial de su remuneración mientras atravesaba una enfermedad psiquiátrica.

En ese sentido, remarcó que la empresa ya había reconocido una primera licencia médica y luego recibió comunicaciones y documentación que acreditaban la extensión del reposo indicado por la médica tratante.

El caso

El trabajador había ingresado a la empresa en 2008 para desempeñar tareas administrativas vinculadas con la logística y el despacho de mercadería.

En marzo de 2024 inició un tratamiento psiquiátrico por un cuadro depresivo que, de acuerdo con la prueba producida durante el juicio, fue agravándose con el paso de las semanas.

La médica que lo atendía indicó sucesivas licencias laborales y explicó en el expediente que el paciente evolucionó desde una depresión leve hacia un cuadro moderado y posteriormente grave.

También señaló que la medicación prescripta podía generar somnolencia, disminuir la capacidad de concentración y alterar los reflejos, por lo que entendía que no estaba en condiciones de reincorporarse a sus tareas.

El conflicto surgió cuando la profesional extendió la licencia por otros treinta días.

Según el trabajador, informó esa decisión por los canales habituales de la empresa y además remitió telegramas laborales en los que transcribió el contenido del certificado médico. Sin embargo, la firma sostuvo que esa documentación no había sido presentada de manera adecuada y consideró injustificadas las ausencias.

Como consecuencia de esa decisión, la empresa descontó catorce días de salario de la liquidación mensual.

El empleado reclamó la devolución de ese dinero, insistió en que continuaba bajo licencia médica e incluso participó de una audiencia ante la Secretaría de Trabajo para intentar resolver el conflicto.

 Al no arribar a un acuerdo, se consideró despedido.

Durante el juicio declaró la médica psiquiatra, quien ratificó que la continuidad de la licencia estaba plenamente justificada por la evolución del cuadro clínico.

Además, quedó acreditado que ningún profesional del servicio médico contratado por la empresa se comunicó con ella para conocer el diagnóstico, consultar los fundamentos del reposo o intercambiar información sobre el tratamiento.

Los fundamentos de la Cámara

Al analizar el caso, la Cámara recordó que la legislación laboral exige comunicar la enfermedad al empleador, pero no impone una forma específica para hacerlo.

También señaló que, cuando existen diferencias entre el criterio del médico tratante y el control dispuesto por la empresa, corresponde valorar la totalidad de la prueba reunida y no limitar el análisis a una única opinión profesional.

En ese marco, los jueces concluyeron que la empresa conocía la situación de salud del trabajador y, aun así, mantuvo el descuento salarial.

Por ello, condenaron a la empresa a pagar las indemnizaciones derivadas del despido injustificado, incluyendo la indemnización por antigüedad, la sustitutiva del preaviso y los salarios correspondientes a parte de la licencia por enfermedad.

El fallo, no obstante, rechazó el reclamo por daño moral basado en un supuesto acto discriminatorio al considerar que durante el proceso no se reunieron pruebas suficientes para acreditarlo.

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