La Municipalidad de San Pedro deberá adoptar medidas urgentes para controlar el basural a cielo abierto ubicado en el barrio La Tosquera. La justicia determinó riesgos de contaminación ambiental y sus posibles consecuencias para la salud de los vecinos.
La resolución fue dictada por el juez federal de Garantías de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, en sintonía con un requerimiento del fiscal federal Matías Di Lello, a cargo de la Sede Fiscal Descentralizada San Nicolás y la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra el Medio Ambiente (UFIMA), encabezada por el fiscal Ramiro González.
Según informó el sitio oficial Fiscales.gob.ar, el magistrado estableció un plazo de 90 días corridos para ejecutar un plan de contingencia. Además fijó un plazo de 60 días para presentar el Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (PGIRSU).
La decisión se fundamentó en el principio precautorio contemplado en la Ley Nacional N.º 25.675. La norma establece la obligación de adoptar medidas preventivas frente a posibles daños ambientales.
Las irregularidades detectadas en el predio
La investigación reunió informes del Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires y un relevamiento técnico de la UFIMA. También análisis realizados por el Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina.
Durante las inspecciones, los organismos constataron que los residuos se depositaban directamente sobre el suelo natural, sin cobertura ni compactación. También observaron neumáticos, restos de poda, escombros, vidrios, electrodomésticos en desuso y residuos domiciliarios.
A esas condiciones se sumaron la falta de cerramiento perimetral y de vigilancia municipal. Se detectó presencia de focos de quema, acumulaciones de agua y la circulación de vehículos particulares y municipales que ingresaban residuos sin un control adecuado.
Uno de los aspectos señalados en los relevamientos fue la presencia de personas adultas y de niños y niñas que realizaban tareas de recuperación de materiales dentro del predio.
El informe técnico de la UFIMA advirtió, además, que el basural crece de manera constante desde hace más de dos décadas. No cuenta con una membrana impermeabilizante ni con un sistema adecuado para el tratamiento de los residuos.
En ese contexto, el organismo fiscal consideró que existen elementos para tener por acreditada la contaminación en los términos de la Ley N.º 24.051 de Residuos Peligrosos, al menos como consecuencia de la quema sistemática de residuos que se realiza en el lugar.
El documento también advirtió sobre los riesgos derivados de la proliferación de insectos, roedores y otros animales en las inmediaciones.
Una muestra de agua presentó valores fuera de los límites permitidos
Otro de los elementos incorporados a la investigación fue un análisis de laboratorio realizado sobre una muestra de agua. La misma fue tomada en el Centro Infantil de Recreación y Aprendizaje La Colmenita, al que concurren niños y niñas del barrio.
De acuerdo con el informe del Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal, la muestra presentó “valores de coliformes totales” por encima de los límites establecidos en el capítulo XII del Código Alimentario Argentino.
El agua analizada provenía de una canilla próxima a un tanque abastecido mediante un pozo y era utilizada para beber, cocinar e higienizar utensilios, entre otros fines.
Ante los resultados, el laboratorio recomendó “la limpieza y desinfección del sistema de almacenamiento”.
Qué medidas deberá implementar el municipio
Al hacer lugar al planteo fiscal, el juez Villafuerte Ruzo consideró que los procesos ambientales requieren una tutela judicial efectiva de carácter preventivo. Dispuso la aplicación del principio precautorio.
La resolución establece que el plan de contingencia deberá contemplar medidas inmediatas para mejorar las condiciones de funcionamiento y seguridad del basural.
Entre las principales obligaciones impuestas al municipio se encuentran:
-Instalar un cerramiento perimetral para delimitar el predio.
-Implementar un sistema de control de accesos y vigilancia activa durante las 24 horas. La finalidad es impedir el ingreso de personas no autorizadas para descargar residuos.
-Registrar y autorizar a las personas que trabajan en el lugar, para que puedan continuar con sus tareas.
-Organizar, dividir y clasificar los distintos residuos que ingresan al basural.
-Llevar un registro de las personas físicas y jurídicas que depositan residuos sólidos urbanos
Además, las autoridades municipales deberán presentar, en un plazo de 60 días, el Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, conforme a la normativa nacional y provincial vigente.
La resolución identifica como responsables de dar respuesta a estas disposiciones al intendente de San Pedro, Cecilio Salazar; al director de Ambiente, Gustavo Solá; al secretario de Obras y Servicios Públicos, Adrián Devito; y al director del Corralón municipal, Juan Bronce, a cargo de la operación del basural.
La implementación y el control de las medidas deberán coordinarse con el Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires, en su carácter de autoridad de aplicación.
