Un Tribunal ordenó a un juzgado de primera instancia habilitar la feria judicial para resolver de inmediato una medida cautelar vinculada a una operación traumatológica de alta complejidad.
Se trata de una decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal que revocó el fallo de un juez que se había negado a entender en el asunto durante enero porque, consideró, la paciente sufre una enfermedad “de larga data” y por eso su caso podía esperar hasta febrero.
Incumplimientos reiterados
Los jueces de feria del Tribunal de Apelaciones Fernando Alcides Uriarte, Juan Perozziello Vizier y Eduardo Gottardi no estuvieron de acuerdo con esta interpretación.
En primer lugar remarcaron que la Obra Social demandada incumplió en reiteradas ocasiones la orden de solventar la operación. Esto derivó en varias suspensiones y en la necesidad por parte de la clínica prestadora de realizar nuevos presupuestos y reprogramaciones
La última fecha se fijó para finales de enero y ante ello la paciente pidió habilitar la feria para que la Justicia ordene a la obra social cumplir su mandato.
“Se observa que la cirugía en cuestión no pudo llevarse a cabo en las distintas fechas programadas anteriormente, como consecuencia del tiempo insumido entre los pedidos inherentes a la ejecución forzada de la medida cautelar”, que incluyó un embargo a la Obra Social, derivó en la presentación de más de una decena de escritos al juzgado para lograr el cumplimiento de la medida.
En el medio, los montos retenidos por orden judicial para costear la operación se iban desactualizando e hizo falta pedir ampliaciones del embargo.
La afiliada expuso que su obra social no cumplía la medida cautelar una vez más, ” motivo por el cual acompañó el presupuesto actualizado para realizar la intervención, y requirió la intimación al pago bajo apercibimiento de trabar embargo”
” Por último, solicitó la fijación de una multa por cada día de retardo, atendiendo a la proximidad de la fecha estipulada para la realización de la práctica médica”
Velar por los vulnerables
El Tribunal de Apelaciones entendió que todo lo ocurrido configura una situación de urgencia que avala la habilitación de la feria judicial
Se trata del ” principio de tutela de quienes se encuentran en una situación vulnerable: los ancianos, los niños y las personas con discapacidad, de acuerdo con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, agregaron los jueces.
Por ello habilitaron la feria judicial y ordenaron al juez de primera instancia que “dicte los actos procesales que estime corresponder para la realización de la intervención quirúrgica reconocida a título cautelar”