Un juzgado de Paz de Río Negro hizo lugar a una demanda por daños y perjuicios iniciada por el dueño de una vivienda que denunció molestias constantes por los ruidos de gatos provenientes de la propiedad lindera.
Un hombre de la localidad de Ingeniero Huergo logró una sentencia favorable tras acreditar que durante meses sufrió ruidos molestos y daños derivados de la presencia de los animales domésticos provenientes de la casa vecina.
El Juzgado de Paz local hizo lugar a la demanda de menor cuantía y condenó a los vecinos a indemnizarlo y a cesar las molestias.
Según se desprende del fallo, el conflicto se remonta a 2023, cuando el propietario comenzó a padecer “perturbaciones constantes” por los gatos que transitaban sobre los techos, generaban ruidos nocturnos, se peleaban entre sí y dejaban excrementos en su vivienda.
Pérdida de ingresos derivados de alquiler
La situación no solo afectó su descanso, sino también su economía. De acuerdo con la presentación, los inquilinos del inmueble decidieron abandonar el lugar ante la imposibilidad de dormir adecuadamente. Uno de ellos, que estudiaba y trabajaba, fue señalado como especialmente perjudicado por los ruidos durante la madrugada.
Ante este escenario, el dueño se vio obligado a reducir el valor del alquiler para evitar que la propiedad quedara desocupada, mientras continuaban los problemas derivados de la presencia de los animales.
La defensa y las pruebas
Los vecinos demandados negaron los hechos y afirmaron ejercer una “tenencia responsable” de sus gatos, los cuales —indicaron— se encuentran castrados.
También argumentaron que existe una sobrepoblación de animales en la zona, por lo que no podía atribuírseles de manera exclusiva la situación denunciada. Además, acusaron al vecino de exagerar los perjuicios y de mantener conflictos con otros vecinos.
Sin embargo, durante el proceso se produjeron pruebas testimoniales y documentales que respaldaron la versión del demandante. En particular, un inquilino declaró que los ruidos eran “diarios y nocturnos” y que le impedían descansar, lo que finalmente motivó su mudanza.
El tribunal también valoró la cercanía entre las viviendas, lo que facilita el paso de animales entre ambos terrenos.
Umbral de tolerancia
Al analizar el caso, el juez aplicó las normas del Código Civil y Comercial sobre inmisiones entre vecinos. En ese marco, concluyó que las molestias denunciadas superaron “el umbral de tolerancia normal”, teniendo en cuenta su frecuencia, duración y el horario en que se producían.
Además, destacó que ya habían existido denuncias previas en el ámbito municipal y sanciones del Juzgado de Faltas que no fueron cumplidas por los demandados.
La sentencia consideró acreditada una “conducta ilegal por omisión”, al entender que los vecinos no adoptaron medidas para evitar o reducir las molestias pese a las advertencias recibidas. También se tuvo por probado el daño moral sufrido por el propietario.
El fallo no solo dispone el pago de una indemnización, sino que también impone a los demandados la obligación de prevenir y hacer cesar toda fuente de molestias injustificadas, en línea con las reglas de convivencia entre vecinos.
