Una pasajera que cayó del tren y quedó atrapada entre el andén y la formación cuando un delincuente intentó arrebatarle el celular y la empujó por una puerta que estaba abierta, será indemnizada luego de más de una década de juicio

El hecho ocurrió en 2015. La mujer cayó entre el andén y la formación y fue arrastrada varios metros. La Justicia confirmó la responsabilidad de Ferrovías y elevó la indemnización a más de $199 millones, más intereses.

Cayó por la puerta abierta

La víctima había subido al tren de la línea Belgrano Norte en la estación Boulogne con destino a Retiro. Era la tarde del 11 de marzo de 2015. Cuando la formación salía de la estación Carapachay, un hombre que viajaba en el mismo tren intentó arrebatarle el teléfono celular y la empujó hacia el exterior por una de las puertas del vagón, que permanecía abierta.

La pasajera cayó en el espacio existente entre el andén y el convoy. Las ruedas de la formación atraparon sus miembros inferiores y su abdomen y la arrastraron durante varios metros. El resultado fue devastador: sufrió la amputación traumática de la pierna derecha, además de múltiples lesiones graves en distintas partes del cuerpo.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala I, acaba de confirmar la responsabilidad de Ferrovías por las consecuencias del accidente y elevó sustancialmente la indemnización que había fijado la primera instancia. El fallo fue firmado por los jueces Beatriz Verón, Paola Guisado y Juan Pablo Rodríguez.

Una operación de urgencia y meses de internación

La historia clínica incorporada al expediente permite reconstruir la gravedad de lo que sufrió la pasajera desde el mismo momento del accidente. Ingresó al Hospital Municipal de Vicente López “Dr. B. Houssay” con la pierna derecha amputada de manera traumática, además de escoriaciones y heridas contuso-cortantes en el cuero cabelludo y el labio inferior. Los estudios detectaron también un hematoma perirrenal derecho, hemotórax bilateral, fractura de pelvis y fracturas en la zona lumbar.

Debió ser sometida inmediatamente a una cirugía que incluyó la amputación, suturas y la colocación de un tutor externo para estabilizar la pelvis. Permaneció internada en terapia intensiva hasta el 16 de marzo de 2015.

Pero las complicaciones no terminaron allí. Dos días después debieron realizarle una reamputación por la presencia de tejido necrótico. También comenzó consultas psiquiátricas por un posible síndrome confusional, fue sometida a sucesivas intervenciones sobre el muñón y el 27 de marzo le realizaron una osteosíntesis de pelvis. Las múltiples fracturas vertebrales y costales fueron tratadas con corset.

Recién el 5 de mayo de 2015 recibió el alta sanatorial, con indicación de controles multidisciplinarios, fisiokinesioterapia prolongada y entrenamiento para utilizar una prótesis. Meses después, en agosto de ese año, debieron retirarle el material de osteosíntesis de la pelvis. La ART le dio el alta recién en septiembre de 2016 y volvió a trabajar en octubre de ese año, aunque con recalificación de tareas.Años después del accidente, las consecuencias seguían siendo múltiples y permanentes.

Una pericia traumatológica realizada en 2021 constató limitación cervical con dolor irradiado, una lesión crónica del plexo braquial derecho con compromiso del hombro, asimetría de hombros, hormigueos y dolor en el brazo derecho, contracturas, alteraciones lumbosacras y escoliosis. También se verificó que caminaba con dificultad utilizando prótesis y muletas, y que padecía hipoacusia asimétrica con acúfenos, insuficiencia respiratoria y renal leves.

El perito estimó una incapacidad total y permanente del 91,66%. A eso se sumaron las cicatrices definitivas en el cuero cabelludo, labio inferior, hombro y codo izquierdo, muñeca izquierda, muñón de amputación, muslo izquierdo —zona utilizada para obtener un injerto— y ambas crestas ilíacas.

El accidente también dejó consecuencias psicológicas profundas. La pericia psiquiátrica describió alteraciones emocionales, familiares, sociales y afectivas, un estado de ánimo depresivo vinculado con el duelo por la pérdida de la pierna. La incapacidad psicológica fue estimada en un 50% y los especialistas recomendaron tratamiento psicoterapéutico y psiquiátrico durante al menos doce meses, con tres sesiones semanales. Además, descartaron la existencia de otras causas que explicaran esas secuelas.

La responsabilidad empresaria: puertas abiertas

La empresa había intentado desligarse del caso argumentando que el responsable había sido un tercero —el ladrón condenado penalmente por el hecho— y que se trataba de un acontecimiento imprevisible.

Los camaristas rechazaron ese argumento.

Para el tribunal, Ferrovías tenía la obligación de transportar a los pasajeros sanos y salvos y debía adoptar las medidas de seguridad necesarias. El hecho de que el ataque hubiera sido cometido por otra persona no alcanzaba para liberar a la empresa de responsabilidad.

La Cámara puso especialmente el foco en un dato: el tren circulaba con las puertas abiertas. Los testigos coincidieron en que las puertas de esos vagones eran manuales y que no existía un mecanismo que impidiera que la formación partiera con alguna puerta abierta.

Las normas de seguridad exigen que las puertas de la formación permanezcan cerradas durante la marcha”, sostuvo la sentencia. Para los jueces, ese dato evidenciaba el incumplimiento del deber de seguridad y vigilancia de la empresa.

El tribunal también señaló que los robos de estas características no podían ser considerados hechos imprevisibles, dada la frecuencia con la que se producen en el transporte público. Por eso, Ferrovías no logró demostrar que el ataque constituyera un caso fortuito capaz de eximirla de responsabilidad.

La indemnización pasó de $105,9 millones a más de $199 millones

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