La mujer había interrumpido sus estudios universitarios, colaborado en los proyectos laborales de su expareja y asumido principalmente las tareas de cuidado del hijo en común.

Tras la ruptura, la Justicia reconoció que quedó en una situación económica y profesional más desfavorable y elevó la compensación a $7 millones más intereses.

El Superior Tribunal de Justicia de Rio Negro rechazó la queja del hombre, que pretendía revertir la decisión.

La dedicación a la familia, la postergación de una carrera universitaria y el trabajo realizado durante años en los proyectos profesionales de la pareja fueron factores centrales para reconocer una compensación económica tras el fin de una convivencia de aproximadamente 16 años.

El caso llegó al Superior Tribunal de Justicia (STJ), que rechazó la queja presentada por el hombre contra la decisión que había confirmado el pago.

La resolución pone el foco en una cuestión que va más allá de la separación: qué sucede cuando la organización de la vida en pareja permite que uno de sus integrantes consolide su carrera y su patrimonio, mientras el otro, resigna oportunidades laborales y educativas para sostener el hogar y acompañar ese desarrollo profesional.

Dejar de lado proyectos personales

La relación había comenzado a principios de los años 2000 y terminó en marzo de 2023. Durante la convivencia, la mujer dejó inconclusos sus estudios universitarios, colaboró con distintos proyectos audiovisuales de su pareja y participó en tareas de la imprenta que él tenía.

Después del nacimiento del hijo en común, las responsabilidades domésticas y de cuidado quedaron principalmente a su cargo.

La Justicia entendió que esa distribución de tareas tuvo consecuencias concretas en las posibilidades de desarrollo de ambos.

Dos situaciones muy diferentes después de la separación

Mientras el hombre continuó desarrollándose como docente universitario, investigador y realizador audiovisual, la mujer no logró terminar su licenciatura y tuvo una trayectoria laboral más discontinua. Además, había trabajado durante años en actividades vinculadas con los proyectos de su pareja sin recibir, en buena parte de esas tareas, una remuneración regular.

Al finalizar la convivencia, él conservaba una actividad profesional estable y bienes propios. Ella, en cambio, debió reconstruir su situación laboral y económica y reorganizar su vida fuera del hogar compartido.

Ese contraste fue determinante para reconocer el desequilibrio económico derivado de la ruptura.

La sentencia de primera instancia también tuvo por acreditado un “contexto de violencia de género económica y emocional”, a partir de testimonios, informes profesionales y constancias de expedientes relacionados.

Entre los aspectos considerados figuraron las limitaciones que había atravesado la mujer en su autonomía económica y en el manejo del dinero, además de la forma en que se habían distribuido las responsabilidades familiares durante la relación.

De $5 millones a $7 millones más intereses

En abril de 2026, la Unidad Procesal de Familia de Roca había fijado una compensación económica de $5 millones. Con la actualización correspondiente, esa suma había alcanzado los $19.763.070.

Sin embargo, ambas partes apelaron la sentencia.

El hombre buscó que se rechazara el reclamo y cuestionó, entre otros puntos, la valoración de las pruebas, la existencia de un vínculo entre la convivencia y el desequilibrio económico, la aplicación de la perspectiva de género y el monto reconocido.

La mujer, por su parte, consideró insuficiente la compensación frente a los años de convivencia, la postergación de su carrera, las tareas de cuidado y la diferencia patrimonial entre ambos.

La Cámara de Apelaciones de Roca rechazó el planteo del hombre y confirmó que correspondía reconocer el derecho a una compensación.

En junio de 2026, elevó el capital a $7 millones, más intereses, y mantuvo las costas a cargo del demandado.

Para los jueces, al terminar la relación, el hombre se encontraba en una posición económica y profesional más favorable, mientras que la mujer debía avanzar en su reinserción laboral y reconstruir su autonomía.

La Cámara también valoró que ella había conseguido reinsertarse laboralmente como docente y que avanzaba en la adecuación de una vivienda.

Qué dijo el Superior Tribunal

Después de que la Cámara declarara inadmisible el recurso de casación, el hombre presentó una queja ante el Superior Tribunal de Justicia para intentar que el caso fuera revisado.

El máximo tribunal provincial rechazó esa presentación. Consideró que los argumentos de la expareja exigían volver sobre las circunstancias particulares de la convivencia, las pruebas producidas y la existencia y magnitud del desequilibrio económico, además de la relación entre ese desequilibrio y el final de la pareja.

También señaló que el planteo requería revisar los elementos que habían sido utilizados para determinar la compensación.

De este modo, quedó firme el rechazo de la pretensión del hombre de revertir el reconocimiento de la compensación económica.

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