La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal rechazó un planteo por el que la empresa médica Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) pretendía revertir en plena feria judicial una medida dictada a favor de una afiliada con cáncer de mama y metástasis cerebral.

En primera instancia se ordenó a la empresa de medicina demandada otorgar a una mujer  “la cobertura integral de la cirugía de radiocirugía con gamma Knife a realizarse en el instituto FLENI, conforme fuera indicada por el profesional que lleva adelante su tratamiento médico para atender la enfermedad que padece, cáncer de mama con metástasis cerebral”.

OSDE apeló dicha medida cautelar, solicitó se conceda el recurso y se eleve el expediente a la  Cámara del Fuero. El juzgado concedió la apelación “con efecto devolutivo”, esto es sin que se suspenda la ejecución de la medida ordenada y, una vez contestado el traslado por parte de la actora, elevó las actuaciones.

Los camaristas  Alfredo Gusman; Guillermo Antelo  y Eduardo Gottardi advirtieron que OSDE “no pidió la habilitación de la feria, ni por ende, expresó los motivos por los cuales esta Cámara debe intervenir durante el período de receso judicial”.

“ Más aún, este extremo resulta insoslayable atento a que en autos la Feria Judicial fue interrumpida al sólo efecto de dictar la medida cautelar dictada en autos En consecuencia, teniendo en cuenta el efecto con que fue concedido el recurso, y la naturaleza de la medida dispuesta, el tratamiento de la apelación deducida por la demandada no suscita la habilitación de la Feria en segunda instancia”, falló la Cámara.

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