El hecho investigado consistió en el posible incumplimiento de los deberes de aquellos funcionarios públicos, que encargados de habilitar el uso de la especialidad medicinal de nombre comercial “Spinraza” –ingrediente farmacéutico activo “Nusinersen”-, “habrían demorado su aprobación”.

Ese medicamento se utiliza para el tratamiento de la Atrofia Muscular Espinal (AME) y en nuestro país el laboratorio “Biogen Argentina SRL” había presentado ante el ANMAT con fecha 27 de julio del 2017 la pertinente solicitud de registro con miras a su importación y comercialización.

El Spinraza, del laboratorio Biogen se convirtió en la esperanza para numerosas familias en todo el mundo a partir de que en diciembre de 2016 la Agencia Sanitaria de los Estados Unidos (FDA) anunció la aprobación del primer tratamiento para la enfermedad. Pero el mismo puede llegar a costar cerca de 1.000.000 de dólares, según estimaciones de especialistas.

En el caso penal que llegó a la justicia federal de la Capital Federal, a instancias de la parte querellante, la asociación civil sin fines de lucro, F.A.M.E, se pidió ampliar la investigación apuntando al  comportamiento de los directivos de la “Organización de Servicios Directos Empresarios -OSDE-” .

En su momento el juzgado federal 9 a cargo de Luis Rodriguez archivó el caso por inexistencia de delito. Pero a criterio de la Cámara Federal porteña la decisión adoptada es “prematura”  pues “faltan recabar pruebas de estimable valor para tener un panorama más acabado en torno a los hechos denunciados”.

“Es que las particularidades de la enfermedad a cuyo tratamiento está destinado el medicamento en cuestión y los antecedentes existentes en el extranjero relativos al lapso transcurrido en aquellas jurisdicciones para la autorización del producto -sensiblemente inferiores a los que se verificaron en nuestro país-, aconsejan determinar cuál es el tiempo en que el organismo competente –ANMAT- normalmente tardó para aprobar solicitudes-en análogas condiciones- presentadas por otros laboratorios respecto de especialidades medicinales de similar complejidad al “Spinraza”, advirtió la Sala II de la Cámara Federal.

Además los camaristas Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia consideraron de utilidad recabar los testimonios de los neurocirujanos y especialistas de distintos centros asistenciales públicos y privados mencionados en el expediente “para que ilustren acerca de cuál era la situación previa al dictado de la Disposición Anmat N°62/2019 y si en la actualidad ello se ha visto modificado”. En particular se estimó necesaria la declaración de un profesional, el médico Gabriel Adolfo Vázquez.

El fallo del Tribunal de Apelaciones ordenó al juez disponer estas medidas de prueba y seguir con la investigación.

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