“Los procesos previsionales promovidos por ancianos encuadran, en gran parte de los casos, en aquellos donde están comprometidos derechos socioeconómicos básicos y el acceso a un nivel de vida digno”.
La reflexión quedó plasmada en un fallo que condenó a la ANSES a pagar en un plazo de 30 días de manera retroactiva y con intereses la pensión por fallecimiento a una mujer que convivió más de tres décadas con su pareja, tuvo tres hijos, pero los dos últimos años se separó por sufrir violencia de género.
El organismo le negó la pensión porque la norma exige que la convivencia haya sido ininterrumpida los dos años previos al deceso.
“Encuentro que la solución del caso debe atender al fin tuitivo de la materia a efectos de acompañar a la conviviente que se encontró sometida a violencia familiar y de esta forma no avalar situaciones de violencia”, concluyó el juez federal de Mar del Plata Santiago Martín.
A raíz de la prueba incorporada al caso, el magistrado dio por “debidamente acreditada y probada la convivencia” durante 36 años, con tres hijos fruto de la relación. También se probó que “durante los últimos años de convivencia se produjo a causa de los malos tratos” una “separación en un marco de violencia familiar”.
El anciano quedó alojado en un geriátrico por orden judicial hasta que falleció.
“Si bien el artículo 53 de la ley 24.241, exige el mantenimiento de la convivencia hasta la fecha de fallecimiento del causante, tal recaudo no puede ser exigido en un contexto de violencia familiar, ya que ello importaría un sacrificio inadmisible e inhumano para quien posea la legítima expectativa de obtener un beneficio previsional”, advirtió.
Ante lo ocurrido en ANSES la mujer inició una causa judicial con más de cinco años de trámite, en un derrotero judicial que aún no terminó porque se trata de un fallo de primera instancia que el organismo podría apelar.
El juez llamó a reflexionar. “La condición de desigualdad estructural que sufre este grupo social justifica la adopción de criterios interpretativos a su favor, que exigen considerar su situación de desventaja en tanto grupo objetivamente débil en la sociedad, en el momento de la fijación de políticas públicas, y en caso de los jueces, al tiempo de la resolución de los conflictos en que aquellos se encuentren involucrados”.
También sostuvo que si bien la reforma constitucional de 1994 no modificó esta norma, “sí se desprende de ella y de los instrumentos internacionales sobre derechos humanos con jerarquía constitucional una serie de contenidos (nuevos derechos, principios jurídicos, reglas de interpretación), que al configurar un nuevo paradigma sobre el orden socioeconómico del orden jurídico argentino influyen decisivamente en la conceptualización y contextualización de la materia”
” Así, las referencias al desarrollo humano, económico y social, a la igualdad de oportunidades y de trato, a la calidad de vida, equidad, solidaridad, sumadas a los nuevos derechos incorporados por los tratados internacionales con jerarquía constitucional, las pautas de interpretación que allí se establecen y las obligaciones para con los Estados, configuran un nuevo paradigma que debe ser receptado por todos los poderes públicos y, concretamente, por los jueces al motorizar el derecho previsional”, agregó.
La señora LAM tuvo que demandar para lograr que se revoque la resolución F 01380/15 de la Administración Nacional de Seguridad Social, donde se le rechazó la pensión como conviviente tras el fallecimiento de quien fue su pareja más de tres décadas y padre de sus hijos.
El hombre murió en el 2012 y ella explicó que los últimos años de vida en común “tuvieron momentos insostenibles debido a las reacciones extremadamente violentas” del anciano pero aseguró que pese a ello ” siempre se ocupó de su pareja hasta su fallecimiento”
ANSES detectó diferencias en los domicilios, porque en el certificado de defunción del hombre se consignó la dirección del geriátrico marplatense donde quedó internado.
Desde 2010 el hombre estaba “bajo medidas cautelares por orden del Tribunal de Familia Nº 2 de Mar del Plata, por lesiones y restricción de acercamiento hacia su persona”.
Estuve 19 años casada. Los últimos 10 años fueron de maltrato psicológico a mi y mis hijos.
Fui muy maltratada y el último tiempo tampoco me dana dinero. Ni para la comida.
Hola Ana María,
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Hola soy vanesa tengo 29 años y 4 hijo solo esty pidiendo ayuda me tengo que ir de la casa de mi pareja si lo puedo yamar hasi no ya no doy mas vida seba en pedaso no aguanto no tengo donde irme fui aser el habitasional y medan una banda de bueltas si alguiel puedo ayudarme ya no kiero mas esto para mi ni mis hijo no es vida no se lodeceo a nadie pasar x tdo esto xq no tener un Lugar para poder irme con mis hijo ayudame xfa vor kien leea esto aca dejo mi numero 1532791160 solo x wuapat puedo ablar meda pena andar contando esto agente q no Conoco pero se que tdas pasamos x esto grasia de corazon
Hola VAnesa, gracias por leernos, somos un portal periodístico, no damos asesoramiento, pero te dejamos todos estos números de lugares donde seguramente podrán ayudarte de manera gratuita
137 Atención a víctimas de violencia familiar en la ciudad de Buenos Aires. Puede llamar cualquier persona víctima o con conocimiento de una situación de violencia familiar. Si hay situación de urgencia o emergencia se envía una Brigada móvil con profesionales, entre ellos psicólogos y trabajadores sociales además de personal policial.
144 Atención a mujeres en situación de violencia de alcance nacional
145 Trata de personas
08002221717 Atención a víctimas de abuso sexual infantil y adolescente: explotación, grooming, pornografía, prostitución o turismo sexual infantil. Puede llamar cualquier persona desde cualquier lugar de Argentina que sepa, haya visto o le hayan contado o incluso sospeche de una situación delictiva vinculada a niños, niñas o adolescentes. También se reciben denuncias por correo electrónico: equiponinas@jus.gov.ar
En la ciudad de Buenos Aires: Oficina de Violencia Doméstica dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Lavalle 1250 planta baja Teléfono 41234510 al 4514
Está muy bueno que el gobierno nos acompañe , también soy víctima de violencia de género y es muy difícil , salir adelante ,sola si por años sos sometida a la violencia de un hombre , ojalá se pueda cobrar esa ayuda ..
Hola Sara, gracias por leernos y por tu comentario. Te recordamos la línea gratuita de ayuda a víctimas de violencia de género: 144
Que tengas muy felices fiestas.
Hola soy Patricia , fui víctima de violencia de género con mis dos hijas y las tres quedamos muy mal con todo lo que pasamos , vivimos en psicólogos por el daño y el miedo que queda y miedo siempre por volver a que nos pase . Es un daño interno que no deja vivir y confiar en nadie , yo como madre vivo pidiendo a Dios que jamás se repita nada de eso en mis hijas , no es fácil olvidar y no es nada fácil dejar de tener miedo, y salir libremente sin pensar en algo malo , tuvimos que dejar nuestra casa yendo a vivir por 4 años con mi madre y se deterioro ya que estaba vieja. en este momento vivimos en casa y como podemos ya que tuve que demolerla por peligros de techo y paredes , pedí ayuda de materiales pero nada me sale.A veces pienso que el daño no se va nunca, siempre fuimos muy unidas pero ahora lo somos aún más y precavidas al salir comunicándonos constantemente. No somos dueñas de vivir la vida con libertad o al menos eso es lo que pensamos por el pánico psicológico que nos ha quedado.quisieramos salir adelante .ojalá Dios nos ayude a salir.
Hola Patricia, gracias por leernos. Admiramos tu valentía al contar lo que les pasa.
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https://www.mpf.gob.ar/ufem/listado-de-organismos-publicos/
Hola soy flavia altamira fui maltratada de violencia de genero y mis hijo tambien me bine de buenos aire por el motivo que me pegaba y tuve que escaparme queria la ayuda para cobrar
Hola Flabia, gracias por escribirnos, somos un portal periodístico, no damos asesoramiento. Pero te dejamos el contacto de la Oficina de Violencia Doméstica y de la Anses donde tal vez puedan ayudarte
http://www.ovd.gov.ar/ovd/contacto.do?method=contacto
https://www.anses.gob.ar/
Muy buena la nota, podran facilitarme la caratula del fallo para leerlo completo. Muchas Gracias
Hola Juan Pablo, gracias por leernos. Te responderemos por privado