Clientes que sin advertencia previa son reportados como “morosos”. Sus nombres “saltan” en las bases de datos que consultan bancos o empresas. Les rechazan créditos, préstamos o compras financiadas.
Dos fallos acaban de resolver que las acciones de “habeas data” -que buscan obligar a estas empresas a dar a sus clientes información sobre las supuestas deudas que reclaman – son de índole federal. Tienen origen en información que circula en Internet, un medio interjurisdiccional.
 Los jueces Ricardo Recondo y Eduardo Gottardi, de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal ratificaron la competencia de este fuero de excepción y no de los tribunales locales de cada ciudad.
El artículo 36 de la ley de Protección de Datos Personales “prevé la competencia federal cuando los archivos de datos se encuentren interconectados en redes interjurisdiccionales nacionales o internacionales”.
En la demanda se afirmó que “no cabía suponer que la base de datos de la accionada no estuviera conectada con la del Banco Central de la República Argentina e incluso con otras, como la del Veraz.
La Cámara remarcó que el tema es federal porque hay que evaluar “prioritariamente, la índole interjurisdiccional del medio empleado -Internet-“
“La información de que se trata estaría contenida en la base de datos sobre personas físicas y jurídicas gestionada por Infoexperto SA –dedicada a brindar el servicio de análisis crediticio y de riesgo- accesible a través de Internet.”
Viaje familiar frustrado 
En uno de los casos, una mujer quiso pedir un préstamo al Banco Nación para costear un viaje familiar. La entidad se lo negó porque figuraba como deudora de la Tarjeta Naranja SA, algo que ella dijo desconocer, según la acción de habeas data que presentó en la Justicia.
La mujer aparece como deudora en la “Central de Deudores del Sistema Financiero”, del Banco Central.
Frustrada en su deseo de obtener el dinero para viajar, envió una carta documento a Tarjeta Naranja. Exigió conocer la información existente sobre su persona en la base de datos, si está registrada como deudora y de qué obligaciones y si esos datos “fueron objeto de cesión a terceros”.
También reclamó conocer “qué productos y servicios figuran dados de alta o contratados a su nombre; y en el supuesto de constatarse errores o inexactitudes” demandó la rectificación y/o supresión.
 La acción de “habeas data” está regulada en el artículo 43 de la Constitución Nacional y en la ley 25326 de Protección de Datos Personales.
La mujer batalla en la justicia por este tema desde inicios del 2020, cuando el Banco Nación se negó a darle el préstamo. A más de un año de iniciado el planteo, recién el 4 de febrero de 2021 se resolvió el conflicto de competencia.
El juzgado donde presentó la acción quiso derivarla al fuero Comercial, la clienta tuvo que apelar y la Cámara en lo Civil y Comercial Federal acaba de darle la razón.
Sin crédito para su máquina de coser
En este otro caso, la clienta intentó cambiar una máquina de coser que usa para su trabajo. Para ello acudió a la fábrica y pidió financiamiento. “Se le informó que no iba a ser posible acceder” a un pago en cuotas porque figuraba como “deudora morosa” informada por el “FF Privado Gestión de Activos”, entidad que -dijo- “le resultaba desconocida por completo”
La información surge también de la base de datos del Banco Central y de un informe de internet de la página web “Infoexperto”.
También se encontró en un laberinto sin salida: Su carta documento a “FF Privado Gestión de Activos” en busca de obtener información sobre su deuda, no fue respondida.
La acción de “habeas data” quedó presentada contra “Promotora Fiduciaria SA” para ” conocer la información existente sobre su persona en la base de datos de aquélla”, en particular si se encuentra registrada como deudora y qué es lo que debe. Además si esos datos se cedieron a terceros.
Como en el primer caso, un juzgado en lo civil y comercial federal se declaró incompetente
La fiscalía ante la Cámara pidió revocar esa decisión y advirtió que  “los hechos relatados en la demanda, el objeto de la pretensión se encuentra directamente vinculado con la rectificación o supresión de datos disponibles en bases de Internet, como son, entre otras, la que administra el Banco Central de la República Argentina en su sitio web, bajo la denominación “Central de Deudores del Sistema Financiero”, citado como fuente en el informe de Infoexperto SA”, competencia del fuero federal.
“Se pretende acceder o eliminar datos obrantes en bases de Internet, lo que implica que se encuentran interconectadas en redes virtuales interjurisdiccionales”.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya sentó precedentes al respecto, pese a lo cual en juzgados de primera instancia federales se continúa con el rechazo a los casos, lo que obliga a apelar y los procesos pueden demorarse hasta un año.

Comments

  1. Vergonzoso actuar de los Juzgados de Primera Instancia Federales. La decadencia en el Poder Judicial, es lo más grave que puede suceder en una republica !!!

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