Una partera irá a juicio por supuesto “homicidio culposo”, a raíz de la muerte de una embarazada que dio a luz por parto natural pero por sus factores de riesgo, debía ir a cesárea.
La decisión fue de la Cámara Nacional en lo Criminal que revocó el sobreseimiento de la profesional y la embargó por más de dos millones de pesos
En la causa ya está con procesamiento confirmado la médica que atendió el parto.
El Tribunal le dio la razón al fiscal de Saavedra José María Campagnoli que lleva la investigación y a la querella del esposo de la paciente.
En el fallo se consideró que la profesional pudo ser responsable de lo que pasó, al igual que la médica y se descartó el llamado “principio de confianza” porque había riesgos previos conocidos por ambas.
Según la investigación, la paciente sufría de obesidad mórbida y había ido a cesárea en dos partos anteriores.
Sin embargo, ambas habrían avalado un trabajo de parto natural hasta que nació su beba.
Una hora después de dar a luz, la mamá murió por una hemorragia.
Argumentos
“Se evidencia que existió un trabajo común e interrelacionado” por parte de las dos acusadas “dirigido a que … diera a luz a su tercer hijo mediante parto natural y no, como correspondía, a través de una nueva cesárea”, sostuvo el Tribunal de Apelaciones.
La paciente falleció como “consecuencia de una hemorragia post parto que produjo un shock hipovolémico”.
Por lo ocurrido ya está con procesamiento confirmado la médica obstetra de la víctima. Y ahora el Tribunal de Apelaciones resolvió que la partera también sea juzgada por presunto “homicidio culposo”
Los hechos La embarazada ingresó con vida al hospital y murió en la madrugada del día siguiente, horas después de dar a luz a su hija.
“Las obstétricas o parteras, ostentaban la posición de garantes en relación al debido resguardo de la salud” de la paciente, sostiene el fallo.
“Sin embargo, incumplieron el deber que asiste a todo garante, que es el de omitir acciones peligrosas, y no ajustaron su accionar a los procesos de seguridad que se encuentran previstos dentro del ámbito de la medicina y hubieran evitado el fallecimiento  o, cuanto menos, disminuido en forma considerable el riesgo de su producción”, explicó la sentencia.
Pese a que hay una “división de roles” todas las acusadas ” ejercieron una tarea común, interrelacionada, que debía orientarse a cuidar tanto a …. como a la bebé que estaba gestando”.
En la acusación fiscal se aludió a presunta “ausencia o falta de control” desde la hora del parto  hasta que la paciente ” ingresó al quirófano con diagnóstico de hemorragia postparto inmediato post-alumbramiento, lo que significó que la hemorragia grave que sufrió fue mal diagnosticada y no fue tratada con la rapidez y diligencia debida”.
“En síntesis, las imputadas incumplieron con su deber de actuar conforme las condiciones personales de la paciente; que la condujeron a un procedimiento médico -parto por vía vaginal- que se encontraba contraindicado en vistas de sus dos cesáreas anteriores, favoreciendo el riesgo de trauma por ruptura uterina”, sostiene la acusación.
Roles
La partera desarrolla una actividad que está matriculada y se vincula con la “colaboración de la medicina”
“Debió preservar o conservar la salud” de la madre y la niña que gestaba. Además conocía los factores de riesgo -obesidad mórbida y dos cesáreas anteriores-, remarcó la fiscalía.
“Entre los deberes específicos a su cargo, se encuentra el de solicitar la inmediata colaboración/presencia del médico” ante complicaciones.
“Para la fiscalía, una valoración integral de los elementos de juicio incorporados permite sostener” que la partera ” promovió en el seno del equipo de trabajo que comandaba” la médica obstetra  “que el embarazo finalizara a través de un parto natural, es decir, tuvo injerencia en el proceso de decisión por el que se resolvió llevar adelanta una actividad riesgosa y prohibida que se concretó en el resultado fatal”
El esposo de la víctima declaró que siempre la acompañó a las consultas a la médica y que su esposa manifestó en esas visitas que había tenido dos cesáreas previas. Pero, pese a ello se le indicó que podía tener un parto natural
En la causa judicial consta una conversación extraída del teléfono celular de la víctima, entre ella y la partera, “en la que se refieren a la posibilidad de tener un parto en el domicilio”
Homicidio culposo
“Con esas premisas, coincidimos con los acusadores en que, más allá de la división de roles que pudiera existir en el equipo de trabajo que acompañó en el último tramo del embarazo a …, la causante tenía también conocimiento de los antecedentes obstétricos de la paciente”, concluyó la Cámara.
Los jueces revocaron el sobreseimiento y procesaron a la profesional por supuesto “homicidio culposo”
” Como colaboradora de la medicina, en su condición de Licenciada en Obstetricia” debía “solicitar la inmediata colaboración del profesional cuando en el ejercicio  de su actividad surjan o amenacen surgir complicaciones, cuyo tratamiento exceda los límites señalados para la actividad que ejerzan”, remarcaron en la sentencia.
Es decir que,” frente al conocimiento de los riesgos existentes de finalización del embarazo en las condiciones apuntadas”, la profesional “debió requerir la intervención de otro profesional que actuara en consecuencia, para evitar el aumento del riesgo que significó la finalización de aquel parto por vía vaginal”, agregaron los jueces del Tribunal de Apelaciones.
Debió accionar ” los procesos de seguridad que se encuentran previstos dentro del ámbito de la medicina y con ello hubiera evitado
el fallecimiento de la víctima o, cuanto menos, disminuido en forma considerable el riesgo de producción del resultado lesivo investigado”.
La partera ” tenía conocimiento de los antecedentes obstétricos de riesgo de la víctima, lo que impide ampararse en el principio de
confianza, dado que éste se quiebra si se conoce que quien debe actuar conforme a sus deberes -esto es mitigar el riesgo advertido- no lo está haciendo”.
La decisión fue de los jueces del Tribunal de Apelaciones Pablo Lucero y Mariano Scotto.

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