La llamaron a su teléfono celular “en representación de Mercado Libre”. Buscaban de manera urgente confirmar la compra de una TV de 55 pulgadas por 150.000 pesos.
Le dijeron que había sido hecha con su usuario en esa plataforma minutos antes y necesitaban confirmarla.
Alterada y tomada por sorpresa, la mujer aseguró una y otra vez que ella estaba en la calle y no había hecho compra alguna por Mercado Libre.
Se puso nerviosa, desconoció “inmediatamente” la compra y el operador, con tono pausado y rutinario, le avisó que derivaba el llamado a otro sector de la empresa para terminar de validar que no había sido ella y anular así la transacción.
Engaño y estafa
Fue el inicio de una estafa y del calvario de la usuaria de esa plataforma virtual.
Las comunicaciones se hicieron a través de la aplicación de mensajería WhatsApp, desde dos números con códigos de área del interior del país, que ya fueron aportados a la Justicia.
La damnificada demandó en reclamo de la devolución del dinero sustraído de su cuenta bancaria, pesos y dólares, más intereses.
La maniobra delictiva se perfeccionó cuando al transferir el llamado a otro operador, le informaron que la compra de la TV se había hecho desde una cuenta clonada. Le dijeron que tenía que cancelar el acceso a sus tarjetas.
Mientras realizaba este “trámite”, comenzó a recibir notificaciones de transferencias desde su cuenta bancaria a un tercero desconocido.
Cortó y se comunicó con el Banco para frenarlas, pero los tiempos de espera no acompañaron y cuando por fin pudo hablar con un empleado, el daño estaba hecho.
Demanda al Banco
La estafada demandó a su banco por supuesto ” “comportamiento desleal, errático, arbitrario e ilegitimo” porque no se respetaron ” estándares de seguridad”, para frenar la seguidilla de transferencias ese 17 de agosto de 2022.
“El tiempo de atención fue tan extenso que no se pudo pausar la ejecución de las transferencias”, al nuevo destinatario consignado poco antes en su cuenta, refirió en la demana.
Y nadie las evitó, pese a que el “nuevo destinatario” se había agregado segundos antes.
Demora por conflicto entre juzgados
El trámite de su caso se frenó por un conflicto de competencia entre dos juzgados.
Desde el juzgado en lo Comercial 15 se consideró que la denuncia tenía que pasar al fuero Civil porque se trataba de una demanda para “obtener la reparación de los perjuicios derivados” del delito denunciado. Los daños “no habían sido producidos en el marco de un vínculo contractual”
Por su parte, el juzgado en lo Civil 48 rechazó quedar a cargo y devolvió la demanda al fuero Comercial ante “el neto carácter mercantil” del asunto a debatir.
La Cámara Nacional en lo Comercial resolvió el tema: “el presente proceso involucra una reparación que se pretende como consecuencia y derivación de la relación contractual habida entre las empresas demandadas” y la clienta de ambas sociedades.
Lo ocurrido está “directamente” vinculado a operaciones bancarias y por eso “resulta competente para entender en ella el fuero comercial”
Ante ello la denuncia por “daños y perjuicios” volvió al juzgado donde fue presentada.
“El reclamo se origina en la conducta atribuida a una empresa en ejercicio de su actividad específica de carácter netamente comercial, pues las obligaciones que de ella pudieran derivarse, aun cuando se originen de un hecho ilícito, se concretan en un pretenso incumplimiento de deberes contractuales que son de naturaleza mercantil, en razón de su clara vinculación con el ejercicio del comercio entre las partes”
La responsabilidad de la entidad bancaria “deriva de que habría incurrido en una conducta contraria al deber de seguridad que debió haber garantizado, como depositaria de los fondos que la demandante poseía en el banco”
“Así, la conducta a juzgar es la que el banco llevó a cabo en el marco de su actividad mercantil”, concluyeron los jueces Héctor Chomer, María Uzal y Alfredo Kolliker Frers.