Una comerciante quedó procesada por poner a la venta productos de marcas falsificadas o imitaciones.

Se trata de detergentes líquidos para el lavado de ropa de una reconocida marca que compró a un “proveedor” contactado en la red social Facebook.

La denuncia partió de la empresa fabricante del producto.

En un primer momento, recibió falta de mérito pero luego el juzgado obtuvo informes comparativos de precios.

Por qué cometió delito

La Justicia valoró como prueba capturas de pantalla de las conversaciones que la mujer mantuvo en Facebook con sus “proveedores” para concretar la adquisición de la mercadería y los precios que allí se informaban.

Los dos productos para lavado de ropa casi duplicaban por entonces el valor de compra en los principales mayoristas del rubro.

La mujer había pagado menos de la mitad del costo y sin entrega de factura alguna por parte del vendedor.

En este punto, la Justicia considera probado que actuó con dolo: por su conocimiento del rubro, no podía pensar que estaba ante mercadería original o vendida dentro de una cadena de comercialización legal.

“Contaba con experiencia continua como profesional del comercio” y en ese contexto “adquirió productos a quienes no resultaban ser titulares de la marca registral y en comercios no autorizados para su venta”, se analizó.

También se advirtió que ” no contaba ni pudo aportar documentación fiscal de sus transacciones con proveedores acreditados”

 El procesamiento se dictó en la justicia federal de Campana y quedó confirmado por la Cámara Federal de San Martín.

Acusación

El delito es la puesta en venta y comercialización de un producto de marca registrada falsificada o fraudulentamente imitada (artículos 45 del CP; 31 inciso d) de la ley 22.362; y 306 del CPPN), Ley de Marcas.

La comerciante quedó embargada por 480.000 pesos.

La defensa argumentó que las diferencias de precios al comparar con los mercados mayoristas se deben a la “disparidad” ante la situación económica del país.

Ello no demostraría “de qué forma” la comerciante ” habría tomado conocimiento que los productos que adquirió no eran originales y aun así los puso a la venta”

Por ello pidió sin éxito el sobreseimiento por inexistencia de delito.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.