El presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Ricardo Gil Lavedra reiteró en duros términos su “rechazo a que los abogados y abogadas sean sujetos obligados a informar ante la Unidad de Información Financiera las operaciones sospechosas que conozcan por su desempeño profesional en determinadas operaciones”.

Deber de confidencialidad

Para el titular de la institución, la relación entre un abogado y su cliente se encuentra al amparo de un deber de confidencialidad imprescindible para asegurar una tutela judicial efectiva y garantizar acabadamente la garantía constitucional de defensa en juicio.

La violación de ese secreto se encuentra tutelado bajo amenaza punitiva en el artículo 156 del Código Penal.

“Todas las actividades que desarrolla un abogado, tanto litigiosas como de asesoramiento o representación, se encuentran protegidas por el secreto profesional, pues se trata de información suministrada por sus clientes en el marco de la relación de confianza y reserva que requiere el ejercicio profesional”, explicó el excamarista que juzgó a los comandantes de la última dictadura.

 “Obligar a investigar a sus propios clientes, establecer el origen de los fondos, las finalidades que se persiguen y eventualmente denunciarlos importa una violación grosera al deber de confidencialidad que afecta directamente a la defensa en juicio e, incluso, puede hacer incurrir a los letrados en responsabilidades penales”, subrayó.

Agregó que “la mayoría de los abogados y abogadas carecen de los medios e infraestructura para efectuar las indagaciones que, por su naturaleza, pertenecen prioritariamente a las autoridades estatales”.

El jurista aseguró que “la reciente sanción de la ley modificatoria de las normas de lavado de activos importa, respecto de los abogados, una violación de disposiciones constitucionales; pues en todos los casos las actividades subyacentes que se incluyen en el deber de informar se encuentran suficientemente protegidas por otros controles, según las normas interpretativas de la propia GAFI en cuanto a que no es necesario -en estos casos- obligar a informar a los abogados”.

Inconstitucionalidad

Finalmente, y en defensa de la profesión, Gil Lavedra anunció que “el Colegio Público de la Abogacía, entablará las acciones legales correspondientes para que se declare la inconstitucionalidad de esa parte de la ley”

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