Dos hombres que mataron a un perro a golpes fueron condenados por crueldad animal. La pena será de ejecución condicional por lo que fueron liberados. Además, deberán cumplir reglas de conducta y hacer un tratamiento psicológico.
La condena a seis meses de prisión de ejecución condicional por actos de crueldad animal previstos en la Ley 14.346 (Ley Sarmiento) fue dictada por el Juzgado de Feria de Laboulaye, Córdoba, a cargo del juez Sebastián Moro.
Tras la condena por juicio abreviado, se ordenó la inmediata libertad de los acusados, con imposición de determinadas obligaciones, según el fallo publicado por el poder judicial de Córdoba.
Crueldad innecesaria
Los hechos ocurrieron en diciembre de 2024, cuando ambos, en el patio de una vivienda, mataron a un perro de raza galgo con un disparo de arma de fuego y a golpes con una maza y un ladrillo block.
La condena incluye seis meses de prisión condicional y algunas reglas de conducta particulares durante dos años, como realizar un tratamiento psicológico.
El juez Moro fundamentó las medidas tomadas a partir de la “violencia desplegada” y la “crueldad innecesaria” del hecho, y destacó la importancia de garantizar la integridad física y psíquica de los animales como un bien jurídico protegido.
Tratamiento psicológico
Como obligación especial, el juez Moro les impuso un tratamiento psicológico regular, cuyo cumplimiento deberá acreditar mensualmente ante el tribunal de ejecución competente, hasta tanto el profesional actuante lo crea necesario.
Los acusados reconocieron espontáneamente su culpabilidad en el hecho, por lo que se le dio al proceso el trámite de juicio abreviado. El proceso contó con la participación de una sociedad protectora de animales, como querellante particular.