Una jueza de Río Negro resolvió privar de la responsabilidad parental a un hombre que durante más de una década mostró un total desinterés por su hijo, un adolescente con diagnóstico de “autismo severo no verbal”.

En el fallo, la magistrada dejó un mensaje directo al adolescente, escrito en lenguaje accesible y afectivo, en el que destacó el amor que lo rodea y la importancia de la decisión tomada para su bienestar.

La privación de la responsabilidad parental es una medida que implica la pérdida de los derechos y obligaciones de los padres sobre sus hijos, como la protección, cuidado, educación y administración de sus bienes, cuando se presentan situaciones graves que ponen en peligro el bienestar del menor.

La resolución valoró la falta absoluta de vínculo, el incumplimiento alimentario y el abandono emocional, físico y económico por parte del progenitor.

El caso

La decisión fue tomada en el marco de un proceso iniciado por la madre del adolescente ante el juzgado civil de San Antonio en Río Negro.

Según el expediente, la mujer asumió en soledad las tareas de cuidado, crianza y acompañamiento, incluso en un contexto de gran complejidad debido al diagnóstico del niño.

El fallo también dispuso mantener el apellido actual del adolescente, con base en el informe del equipo técnico interdisciplinario, que desaconsejó el cambio por motivos vinculados a su diagnóstico.

El progenitor reconoció al niño recién a los dos años de edad, pero “no estableció ningún tipo de vínculo significativo” desde entonces.

Solo lo vio en contadas ocasiones, no asistió a actividades escolares ni realizó aportes económicos sistemáticos.

En paralelo, la madre sostuvo en soledad todas las necesidades del adolescente, quien requiere atención especializada, terapias constantes y cuidados permanentes.

Durante el proceso, intervinieron testigos, profesionales del equipo técnico judicial, la Escuela de Educación Especial y la Defensora de Menores e Incapaces.

Todos los informes fueron coincidentes: la ausencia del padre fue total y sostenida, y su conducta afectó directamente los derechos del niño, incluso comprometiendo su salud y desarrollo integral.

Terapias interrumpidas por falta de recursos

La sentencia también ordenó oficiar al hospital local para que gestione “de manera urgente” los turnos necesarios para continuar con las terapias interrumpidas por falta de recursos.

Asimismo, se consignó en el fallo que, pese a la privación de la responsabilidad parental, el progenitor sigue obligado a cumplir con el pago de la cuota alimentaria.

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