El dueño de un reconocido restaurante en Palermo, sufrió cortes de luz y fuertes variaciones de tensión durante varios días de diciembre de 2015.
La falla provocó pérdidas de mercadería, daños en equipos y una fuerte caída en las ventas. Once años después, la Justicia condenó a Edenor a indemnizarlo y le impuso un daño punitivo de $1 millón por su conducta.
Un fallo judicial condenó a la empresa a pagar más de $1,09 millones más intereses a una firma explotadora de un restaurante, tras considerar acreditado que una serie de cortes y anomalías en el suministro eléctrico provocaron daños en el local gastronómico y afectaron gravemente su actividad comercial.
El caso se originó en diciembre de 2015, cuando el restaurante ubicado sobre la calle Gorriti en el barrio porteño de Palermo, sufrió sucesivos cortes de energía y problemas de tensión que obligaron incluso a cerrar sus puertas.
Las consecuencias fueron importantes. El restaurante denunció que tuvo que desechar gran cantidad de mercadería perecedera, entre ella “30 kilos de ostras vivas, 10 hilos de salmón rosado, 6 kilos de lenguado, 4 kilos de mero, 10 kilos de cola de langostinos pelados, un cochinillo, varios kilos de pan y 5 kilos de helado”.
Además, aseguró que las fluctuaciones de tensión dañaron distintos equipos e instalaciones. Entre otras cosas, se quemó el capacitor de una cámara frigorífica, dejó de funcionar el montacargas, se descarriló la cortina metálica de acceso, se averió el equipo de música y resultaron afectados los equipos de aire acondicionado.
Llamar al escribano
La situación fue constatada por una escribana. El documento también reflejó que, una vez finalizada la reparación, comenzaron fuertes oscilaciones eléctricas. Según la constatación, las mediciones mostraban valores que “variaban y oscilaban entre 192 y los 262 voltios”.
Al analizar el caso, el juez Alejandro Nobili concluyó que existió una anomalía en el suministro eléctrico y responsabilizó a la distribuidora.
Negligencia
“No es dudoso sostener que en el caso se configura una negligencia imputable a la prestadora del servicio eléctrico, por no haber adoptado los recaudos necesarios para que las instalaciones estuvieran en condiciones apropiadas para no generar daños”, sostuvo.
El magistrado agregó que Edenor incumplió su obligación de brindar un servicio adecuado y recordó que los usuarios tienen un derecho constitucional a recibir servicios públicos de calidad y eficaces.
La sentencia ordenó indemnizar a la empresa gastronómica por diversos conceptos, entre los que incluyó el alquiler del grupo electrógeno utilizado para continuar operando, los gastos de reparación de la cortina metálica y la pérdida de ventas derivada de la imposibilidad de trabajar normalmente.
También por toda la mercadería que debió ser descartada por la interrupción de la cadena de frío.
Sobre este último punto, el juez destacó que era razonable presumir que un restaurante sin energía eléctrica hubiera tenido que tirar alimentos perecederos.
La multa que aumentó el monto de la condena
Aunque la empresa había reclamado originalmente $100.000 por ese concepto, el juez consideró que la conducta de Edenor merecía una sanción mucho más severa y fijó una multa de $1.000.000.
La sentencia recordó que los daños punitivos buscan castigar conductas especialmente graves y prevenir que vuelvan a repetirse. Según el fallo, la empresa incurrió en conductas reprochables que justificaban la sanción extraordinaria.
