La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Junín confirmó una millonaria condena contra Movistar y el Banco Galicia por una estafa mediante la modalidad conocida como “SIM Swapping”, al considerar que ambas empresas incumplieron su deber de seguridad y facilitaron que delincuentes vaciaran la cuenta bancaria de una clienta.

Los jueces Ricardo Castro Durán y Gastón Volta rechazaron las apelaciones de Telefónica Móviles Argentina S.A. y del Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., y ratificaron la sentencia que las obliga a indemnizar a la usuaria con $19,2 millones por daño emergente, $5,76 millones por daño moral y una multa por daño punitivo equivalente a cuatro canastas básicas para un hogar tipo 3, más intereses.

Cómo fue la maniobra

El caso tuvo origen en una modalidad de fraude conocida como SIM Swapping, que consiste en duplicar la tarjeta SIM de un teléfono celular para apropiarse del número de la víctima. De ese modo, los delincuentes pueden recibir los códigos de verificación enviados por SMS y acceder a cuentas bancarias y otros servicios digitales.

Según surge del expediente, un tercero logró activar una nueva tarjeta SIM vinculada a la línea de la demandante mediante el sistema de autogestión de Movistar. Luego utilizó ese acceso para realizar siete transferencias bancarias consecutivas por un total de $19,2 millones hacia distintas cuentas de billeteras virtuales.

La propia empresa de telefonía informó en la causa penal que la operación de cambio de SIM se efectuó el 26 de septiembre de 2024 mediante autogestión y que, tras el reclamo de la titular de la línea, verificó que se trató de “un caso compatible con un fraude de SIM Swapping”.

La responsabilidad de Movistar

Al confirmar la condena, la Cámara sostuvo que la empresa telefónica incumplió su obligación de seguridad al permitir el cambio de chip mediante un sistema de validación insuficiente.

Los jueces señalaron que el mecanismo basado en preguntas aleatorias no reunía “los recaudos de seguridad que amerita la gravedad de las consecuencias” derivadas de este tipo de maniobras y recordaron que, frente al incremento de estos delitos, el ENACOM ya había exigido mecanismos de autenticación reforzada, como datos biométricos o múltiples factores de validación.

También responsabilizaron al banco

Respecto del Banco Galicia, el tribunal concluyó que tampoco cumplió con el deber reforzado de seguridad que pesa sobre las entidades financieras.

Los magistrados remarcaron que el sistema permitió concretar siete transferencias millonarias en pocos minutos, una secuencia claramente inusual que debió haber activado alertas automáticas. Además, recordaron que la normativa del Banco Central exige a las entidades establecer perfiles de comportamiento de sus clientes para detectar operaciones sospechosas.

“Es evidente que el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. no tuvo en cuenta el perfil de comportamiento de la actora”, sostuvo la Cámara al analizar las operaciones realizadas desde la cuenta bancaria.

Un hecho previsible

El fallo rechazó el argumento de ambas empresas de que la maniobra de un tercero las eximía de responsabilidad.

Para los jueces, el fraude era un riesgo previsible y evitable mediante adecuados protocolos de seguridad. En ese sentido, afirmaron que no se trató “un hecho ajeno con aptitud para liberar de responsabilidad a las proveedoras, porque es un hecho previsible y evitable mediante las medidas que cada una de ellas debió haber adoptado”.

Daño moral y daño punitivo

La Cámara también confirmó el reconocimiento del daño moral, al considerar que la consumidora debió atravesar reclamos administrativos, instancias prejudiciales y un proceso judicial para recuperar su dinero, situación que justificó la indemnización.

También mantuvo la aplicación del daño punitivo al entender que las proveedoras incumplieron sus obligaciones legales frente a la consumidora y que la sanción cumple una función preventiva y disuasiva para evitar que hechos similares vuelvan a ocurrir.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Conocé cómo se procesan los datos de tu comentario.