Un tribunal de menores dispuso la libertad y absolución de un joven que acaba de cumplir la mayoría de edad,  acusado de graves delitos y que pasó por diversos programas de Residencias. Se valoró el grado de compromiso con sus “proyectos a futuro” y su “esfuerzo por asumir una función constructiva en la sociedad”.

El Tribunal Oral de Menores 1 de la Capital Federal integrado por la jueza María Rosa Cassará  decidió absolverlo por varios delitos, entre ellos lesiones graves por su supuesta participación en un ataque a tiros en una sangrienta pelea entre familias supuestamente por un tema de drogas.

El 16 de mayo pasado se resolvió declarar a A. S., coautor penalmente responsable de los delitos de lesiones graves cometidas en agresión, con armas de fuego; abuso de armas de fuego y portación de arma de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal. La fiscalía en su momento pidió la imposición al menor de la pena de siete años de prisión.

Luego, la defensora pública oficial Florencia Argibay y la defensora pública de menores Virginia Sansone realizaron una presentación en la cual solicitaron la absolución en los términos del artículo cuarto de la ley 22.278, al argumentar la carencia de otros antecedentes penales y las constancias que surgen del expediente tutelar.

Para la defensa se demostró “la intención de superación mediante la participación activa del nombrado en toda la etapa de seguimiento, lo que constituye una clara muestra de su esfuerzo por asumir una función constructiva en la sociedad”.

El hecho que se imputó a A.S fue cometido cuando aún era menor de 18 años, ahora al cumplir la mayoría de edad, se debía resolver su situación. La jueza del tribunal María Rosa Cassará analizó el caso y adoptó una decisión favorable.

“Si bien no se escapa a mi conocimiento las características graves del hecho por el cual resultó penalmente responsable y las consecuencias de tal accionar…entiendo que se trató de un hecho aislado, donde el encausado era menor de edad, y por ende no había alcanzado un nivel de maduración emocional suficiente que le permitiera comprender acabadamente el alcance de sus actos, sumado al grado de vulnerabilidad en que se encontraba”, sostuvo la jueza Cassará.

Una vez dispuesto tutelarmente, se realizaron diferentes medidas tendientes a la inserción social del joven, constatándose en el accionar de éste “la voluntad de revertir su situación y asumir en la sociedad una función constructiva, positiva y respetuosa de los derechos de terceros”.

En tal sentido, el fallo destaca que los profesionales del Centro Socioeducativo “San Martín” en el marco del abordaje trabado respecto del acusado, sugirieron en varias oportunidades la derivación de A. al Programa de Residencias Socioeducativas.

Se basaron en la favorable evolución del menor  en cuanto a “lo convivencial (no presentó dificultades en las dinámicas grupales, participando de ellas con buena predisposición, no se vió involucrado en ninguna situación de conflicto o confrontación con sus pares), educativo (asistió en forma regular a clases y cursó el primer año del ciclo secundario a través del Programa de Educación en Contextos de Encierro) y formativo (se destacó en su desempeño en el taller de actividades prácticas y en los cursos de formación profesional), sino también en el compromiso por aquél demostrado frente al proceso tutelar y en la sólida estructura familiar que lo rodea”.

Luego, con informes favorables, se arbitró la inclusión de AS en la Residencia Socioeducativa de Libertad Restringida “Almafuerte” a fin de profundizar y consolidar los objetivos trazados en su proceso intramuros.

En dicha institución, fue derivado a la Residencia Socioeducativa de Libertad Restringida “Simón Rodríguez” . En este lapso, “mantuvo un comportamiento ajustado, participando activamente de los espacios ofertados”.

El informe integral elaborado por los profesionales de dicho dispositivo da cuenta que el joven ha obtenido logros positivos durante el proceso de intervención sociojurídica, así concluyó que: “ Teniendo en cuenta el proceso que viene sosteniendo A. y el acompañamiento de sus familiares en este trayecto , este Equipo Técnico considera que el joven se encuentra en un momento propicio para el egreso de este dispositivo, dado el grado de compromiso anudado a su proyecto de vida futuro, favoreciendo su inserción en el ámbito familiar y sociocomunitario, educativo y laboral.”.

En base a ello, la jueza consideró que  “se trata de un joven que cuenta con muy buenos recursos internos e intelectuales”…, que puede esbozar un proyecto de vida futuro que contempla las posibilidades reales de concreción, atento a sus potencialidades y proyectos a futuro –continuidad escolar y un emprendimiento familiar en el rubro de peluquería lo que cabe añadir que carece de condenas y cuenta con un grupo familiar, los cuales son vivenciados como continentes y afectivos, características que le posibilitan sentirse apoyado y acompañado en sus proyectos”.

En agosto de este año, el acusado ha alcanzado su mayoría legal de edad, por lo que la jueza dispuso el cese de la disposición tutelar que el Tribunal venía ejerciendo a su respecto, y ordenó la inmediata libertad y absolución.

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