La empresa de colectivos y su aseguradora negaron la existencia de un accidente. La pasajera aportó la tarjeta  SUBE que usó para pagar el boleto y, aunque no estaba registrada a su nombre, en base a los registros la Justicia dio por probado que ella estuvo en el interno 50 de la línea 53 al momento en que denunció haberse caído.
El accidente ocurrió mientras bajaba por la puerta delantera con su hija discapacitada, debido a que el chofer arrancó antes de tiempo.
En su demanda dos  testigos declararon haber visto lo  que pasó y además se llamó al SAME, pero pese a eso la línea de colectivos negó el accidente.
La pasajera entregó su SUBE en el juzgado y se ordenó una pericia.
Un informe emitido por Nación Servicios SA, sector Atención al usuario de SUBE, consignó que el día de los hechos “quien portara esta tarjeta se encontraba a bordo del interno 50 de la línea 53, a las 20.48 horas”.
“Quien la trajo a juicio fue la actora, lo que me lleva a presumir que era ella quien estaba a bordo de dicho interno, sin que la circunstancia de no encontrarse a su nombre dicho instrumento, así como el horario consignado en el informe, prueben lo contrario”, analizó el juez de la Camara Civil José Fajre en su voto.
La pasajera sufrió una “luxo fractura expuesta  de tobillo izquierdo”
La Justicia ponderó que tenía 38 años cuando se accidentó el 1 de marzo de 2014, está separada, tiene tres hijos, uno de ellos con “encefalopatía crónica no evolutiva”.
El Tribunal de Apelaciones subió la suma por daño psicofísico y confirmó los demás aspectos de la condena en primera instancia.
La pasajera iba a descender del colectivo en Olazabal y avenida Juan de Garay por la puerta delantera con autorización del chofer porque estaba con su hija discapacitada.
“Cuando uno de sus pies estaba sobre el pavimento el colectivo arrancó lo que motivó su caída al no poder apoyar el otro pie en la vereda”.
Los camaristas José Fajre, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper aludieron a que el accidente “indudablemente debió haberle provocado sentimientos de angustia e impotencia que deben ser reparados”.

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