La Justicia aceptó suspender el juicio a los responsables del basural a cielo abierto de “Concaro Vial” en Zárate Campana. Los procesados por contaminación realizarán un curso de gestión ambiental, tareas de mejoramiento del predio y deberán pagar una multa.

La defensa de los procesados Hugo Oscar Concaro, Pablo Martín Concaro, Hugo Pedro Concaro y Juan José De Santis, pidió el beneficio de la suspensión del juicio a prueba, o “probation”.

El caso fue revelado por justiciadeprimera.com cuando en mayo de 2019 los acusados de Concaro Vial recibieron la confirmación de un procesamiento en el marco de una denuncia recibida en la casilla institucional de la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental (UFIMA).

Ahora la defensa ofreció que los acusados realicen un curso de gestión ambiental y residuos sólidos y conservación del suelo. Respecto de la reparación del daño, sostuvo que sus asistidos se encuentran a disposición para realizar el mantenimiento y mejoramiento del predio.

La acusación 

La querella en cabeza de una ONG se opuso a la “probation”, al considerar que se trata de un delito continuado, que en ese basural a cielo abierto hace más de 40 años se vierten residuos de todo calibre, incluso peligrosos.

Apuntó que si bien se dice que no hay damnificados, las ONG, por mandato constitucional, tienen la representación no solamente de las generaciones actuales, sino que de los recursos en sí mismos y de las generaciones futuras.

Refirió que el ofrecimiento de esas tareas comunitarias no representa la cuantía, importancia y gravedad del daño que ha causado el basural durante cuatro décadas.

La fiscalía consideró en cambio que es factible la suspensión del juicio. Argumentó que de acuerdo al tipo de delito de que se trata -contaminación ambiental-,  lo que debe evitarse es la continuación de la contaminación, para lo cual aceptó la oferta de la recuperación del terreno y el cierre del mismo a efectos de evitar que este delito siga cometiéndose.

Según el requerimiento de elevación a juicio, Hugo Oscar Concaro, Pablo Martín Concaro, Hugo Pedro Concaro y Juan José De Sant, desde al menos el 2 de agosto de 2018, “produjeron derrames y/o filtraciones de hidrocarburos al suelo provenientes del almacenamiento indiscriminado de distinta clase de residuos en el predio ubicado a la altura de la Ruta Nacional Nro. 9, Km. 83.500 (a metros del cruce con la Ruta Nro. 193) del Partido de Zárate, Provincia de Buenos Aires”.

Los acusados “amontonaron sustancias y/o desechos susceptibles de combustión espontánea que se han encendido en ese lugar el pasado 23 de agosto de 2018, además de los diferentes focos de humo observados a partir del 3 de noviembre del año pasado; y amontonaron sustancias y/o desechos que como producto de su descomposición dieron origen a la lixiviación que entró en contacto con el medio ambiente; adulterando de un modo peligroso para la salud el medio ambiente, no solo respecto de las personas que habitan en la zona sino también de aquellas que separaban los residuos en el lugar sin ninguna medida de seguridad e higiene”.

El fallo

El Tribunal Oral Federal de San Martín, en un fallo firmado por el juez Daniel Cisneros, aceptó la suspensión del juicio por el término de dos años y seis meses, y la realización del curso de capacitación ambiental ofrecido por los imputados, pues “guarda estrecha relación con los hechos que se les imputan, y además cumplirá un fin de prevención especial positiva”.

También deberán realizar tareas no remuneradas, fuera de sus horarios habituales de trabajo, con una carga de ciento cuarenta y cuatro (144) horas –a lo largo del tiempo fijado para la suspensión para cada uno de ellos.

De esta condición será eximido Hugo Oscar Concaro, dadas las condiciones personales y de salud develadas en la audiencia.

Deberán pagar el  mínimo de la multa prevista en el artículo 200 del Código.Penal y se aceptó, según el fallo, el ofrecimiento de 100.000  pesos realizado por el Defensor y ratificado por los imputados, “el que será destinado a organismos o instituciones de la sociedad civil cercanas al predio en cuestión”.

Una de las condiciones para el otorgamiento de la suspensión del juicio es que los acusados “presten activa, efectiva y permanente colaboración con las tareas de mejoramiento, remediación y recomposición del predio involucrado, puesto en cabeza del Secretario de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación –u organismo que lo reemplace- y que involucra a las autoridades de la provincia de Buenos Aires y los municipios de Zárate y Campana, requiriéndose a ese ente Nacional un informe trimestral, enderezado especialmente a que detallen las actividades desarrolladas por los aquí imputados”.

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