Un médico promovió una acción de amparo contra la ANMAT y el Ministerio de Salud de la Nación para intentar frenar la aplicación de vacunas contra el Covid-19 al considerar que implica un riesgo para toda la humanidad. La justicia rechazó el planteo en dos instancias.

En la acción de amparo interpuesta el profesional de la salud alegó que la “nueva tecnología genética aplicada a esta generación de vacunas, nunca antes puesta en práctica en el campo de la medicina humana, representa un importantísimo riesgo real y concreto para la humanidad toda”.

El demandante sostiene que nuestro país se encamina hacia “un abuso de la figura coactiva frente al acto médico de la vacunación”, es decir que piensa que “en breve será obligatoria”, pese a que es “experimental y riesgosa”.

Por ello pidió el dictado de una medida cautelar para que se impida la aplicación de vacunas contra el coronavirus en etapa experimental en humanos. De lo contrario, sostuvo, se expondría a la población a riesgos.

En primera instancia se rechazó la cautelar, en tanto “no existe una norma que disponga la obligatoriedad a toda la población”.

La justicia sostuvo que las manifestaciones esgrimidas “prima facie, de manera dogmática solo alcanzarían carácter meramente conjetural”.

No hay peligro en la demora, ya que “la sola opinión personal del actor o su temor o aprehensión respecto del/los estudio/s clínico/s o ensayo/s en curso, para la futura aprobación de la vacuna, resultan insuficientes para configurar dicho riesgo”.

Ahora la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo a la pretensión con fundamento en la  resolución  2883/2020 dictada por el Ministerio de Salud de la Nación (el 19 de diciembre de 2020), que aprobó el “Plan Estratégico para la Vacunación contra el COVID-19 en la República Argentina”, que en sus considerandos contempló expresamente, que “la vacuna contra COVID-19 provista por el Estado Nacional no será de aplicación obligatoria”, según los jueces Clara Do Pico, Rodolfo Facio y Liliana Heiland.

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