La justicia Contencioso Administrativo Federal admitió que la acción de amparo iniciada por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal tramite como proceso colectivo. La acción pretende proteger el secreto profesional de los abogados y abogadas.

La jueza Rita Ailán ordenó al Registro de Procesos Colectivos que informe si existe un proceso en trámite inscripto que guarde sustancial semejanza con la acción interpuesta por el Colegio.

El caso se inició por la acción del Colegio Público al cuestionar la nueva normativa en materia de lavado de activos que obliga a los abogados a reportar a la UIF determinadas actividades vinculadas a sus clientes, en clara violación al Código de Etica y el Código Civil y Comercial de la Nación.

Para el Colegio, la incidencia colectiva está dada “en la medida en que la afectación se extiende a todos los abogados y abogadas que, por el mero hecho de serlo, se encuentran expuestos a obligaciones que vulneran en forma palmaria garantías constitucionales”

La resolución de la jueza sostiene en primer lugar, que se da una controversia o “caso” que busca proteger el secreto profesional de abogados y abogadas.

Luego admite tramitar el caso como proceso colectivo.

“De la exposición de los hechos y el derecho que invoca la actora (el Colegio), resulta claro que la lesión que alega y que constituye la base de su reclamo deriva de hecho único y continuado, esto es la vigencia de la normativa que impuso la obligación de un listado de operaciones en las cuales, al intervenir los abogados y abogadas preparando o realizando transacciones a nombre y/o por cuenta de sus clientes, se debe informar a la Unidad de Información Financiera (U.I.F)”, dice la resolución.

Para la jueza, “la afectación denunciada involucra una pluralidad de derechos individuales y abarca a una clase”, en referencia a los matriculados.

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