El Consejero de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Marcelo Meis, presentó un proyecto para que se modifique el artículo 1.4 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial (Resolución N° 152/1999).

El objetivo es agilizar el cobro de cuotas alimentarias y honorarios profesionales durante la feria judicial, sin necesidad de solicitar habilitación específica.

A partir de esta modificación, se establecen como asuntos que no admiten demora el pago y la transferencia de sumas depositadas en las cuentas de los bancos oficiales a la orden de los juzgados, cuando se trate de cuotas alimentarias y honorarios profesionales.

La resolución establece que “las transferencias deben estar firmes o consentidas dentro del tiempo judicial hábil previo”, garantizando una pronta resolución en estos casos.

Mayor celeridad

Este cambio busca dar celeridad a procesos que afectan directamente a las personas y profesionales involucrados, asegurando que los pagos se realicen de manera eficiente y dentro de los plazos correspondientes.

“Con la modificación de este artículo damos un paso clave para agilizar los pagos de cuotas alimentarias y honorarios profesionales. Esta medida prioriza asuntos urgentes y garantiza que los derechos de los ciudadanos y los profesionales sean respetados sin demoras”, señaló Meis.

“Es fundamental que los abogados puedan cobrar sus honorarios durante la feria judicial, ya que esto garantiza el respeto por el trabajo y la dedicación de los profesionales que, a pesar del receso, siguen gestionando casos y brindando servicios esenciales”, agregó. Por último, el consejero manifestó: “Asegurar que los pagos se efectúen sin demoras es una medida que promueve la justicia, el acceso a los derechos de los clientes, y la estabilidad de los profesionales del derecho”.

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