La Justicia reiteró que la falta de pago del alquiler da lugar al desalojo,  pese a que en el lugar vivan menores de edad. La decisión la tomó en esta ocasión la sala D de la Cámara Civil de la ciudad de Buenos Aires.
El Tribunal confirmó el desalojo por falta de pago de una pareja con tres niñosen el término de diez días.
En realidad ratificó un fallo de primera instancia que se dictó el 3 de diciembre de 2019 y cuyo cumplimiento se frenó por una apelación de la Defensoría de Menores. El juicio de desalojo lleva ya dos años.
Los magistrados remarcaron que se le dio vista a este organismo para procurar una solución habitacional para los tres niños que viven en el lugar y que al estar cumplido ese paso, corresponde restituir el inmueble a sus propietarios.
Los jueces Patricia Barbieri, Gastón Olivera y Juan Pablo Rodríguez resolvieron que el inmueble deberá ser desalojado “bajo apercibimiento de lanzamiento”.
Al apelar la decisión, la Defensoría sostuvo que se tomó “sin atender a la situación particular de los menores que allí habitan y de su grupo de familiar”. Pidió solucionar el problema habitacional antes del desalojo y esperar a que los organismos oficiales den soluciones “para garantizar y proteger el derecho a una vivienda digna”.
Derecho a la vivienda digna versus derecho a la propiedad
Los jueces de Cámara reiteraron que el criterio sostenido en la Justicia es que “la posible existencia de menores en el inmueble a desalojar de ninguna manera puede suspender el trámite de desalojo, pues si esto se verifica, corresponderá recurrir a la autoridad administrativa pertinente para que brinde protección adecuada a los menores -en caso de que no puedan ser ubicados en una vivienda o lugar que garantice sus derechos constitucionales -, ya que de lo contrario, cada vez que existiera un menor en una vivienda que se desaloja, el derecho a recuperar el bien sería imposible, cosa que la ley no dispone, pues están en juego otros derechos constitucionales como el de propiedad”
“Resulta  por lo demás absurdo concebir, que los propietarios de los inmuebles ocupados o quienes posean interés legítimo para reclamar el desalojo, deban otorgar a los menores la protección y el amparo que incumbe prestar a quienes ostentan la patria potestad”, sostiene el fallo
Además -en este caso puntual- recordaron que en su momento se puso en conocimiento de la situación a la Defensoría de Menores e Incapaces para que ante el juicio de desalojo se pida el  auxilio de un programa de apoyo y se efectúen gestiones necesarias en ese aspecto. En la causa consta el envío de oficios a distintas áreas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
También se remarcó que en caso de concretarse el lanzamiento el oficial de Justicia que intervenga podrá comunicarse con la guardia jurídica para desalojos del GCBA “según los niños se encuentren o no con la representación necesaria de sus padres o tutor”
“En suma, se advierte que se puso en conocimiento de los distintos organismos administrativos la situación de los niños que habitan el predio a desalojar, obteniendo respuesta de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y la Familia del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,”, se concluyó.
A esta altura de los acontecimientos, remarcó la Cámara, no hay “ningún fundamento de peso” para frenar el desalojo.

Comments

      1. El gran negocio de Larreta con jueves cómplices y la utilización de la herencia vacante sin verificar quienes la habitan. cuan de o te educaron para laburar y no ser planero aún con derecho ni.pension y aprendes ….hacerte piquetera. País de m sin grieta son o mismo

  1. Acá en Jujuy, se ocupa de esa clase de atropellos algunos jueces fiscales , para rendir cuentas ante los políticos de turno y buscar favores a la hora del ascenso. No les importa niños discapacitados ancianos. A estos le va pasar igual que al juez maximo aramayo antes de recibir los favores se van a morir otro ejemplo de necedad en el comisionado de la localidad de tumbaya, robo a los pobres discapacitado y luego antes de gozar de toda su maldad, muere y ahora se quedaron con el botín de su robo ya saben quien. Se hacia pasar por pastor para engañar que todo lo hacia por amor.
    ASI SON DE NECIOS LOS POLITICOS. de JUJUY.

  2. No es justo para el propietario tener que hacerse cargo del problema habitacional de ésta familia. El fallo es correcto, caso contrario sentaría precedente para que cualquier pareja resuelva su problema habitacional interponiendo la presencia debun menor como herramienta legal.

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