La Justicia condenó a la empresa Ferrovías y al Estado Nacional a indemnizar con una suma multimillonaria a un pasajero del tren Belgrano Norte asaltado y tirado a las vías por tres delincuentes la tarde del 7 de enero de 2009.
Once años después del hecho y en un durísimo fallo, la Cámara Nacional en lo Civil concluyó que tanto la empresa concesionaria del tren que une Retiro con Villa Rosa como el Estado no cumplieron con la ley y el “indispensable respeto a la dignidad” de los pasajeros.
“De cumplirse con la letra de la ley, seguramente muchos otros eventos desgraciados se evitarán”, remarcaron los jueces Oscar Ameal, Osvaldo Onofre Alvarez y Silvia Bermejo.
Por un celular
Esa tarde de verano,  R R subió en Retiro a la formación explotada por Ferrovías. Como suele suceder con ese tren, popularmente conocido como “el rojito”, diesel y sin aire acondicionado, hacía calor y las puertas iban abiertas.
A las 15, entre las estaciones Padilla y Florida -zona norte del conurbano bonaerense- se preparó para bajar por una de las puertas del último vagón. En Padilla subieron tres hombres, se sentaron en el estribo del tren de la puerta opuesta. “De repente, siente que alguien le quita el celular del bolsillo trasero de su pantalón, razón por la cual, comenzó a forcejear con la intención de renterlo, pero no lo logró”, resumió los hechos el fallo judicial.
“En ese momento, alguien lo empujó, perdió el equilibrio para luego caer a las vías del tren, perdiendo inmediatamente el conocimiento debido al golpe”.
El tren siguió su marcha y el pasajero fue auxiliado y trasladado a la maternidad Santa Rosa, cercana al lugar.
Tuvo una fractura de antebrazo.
A la hora de probar lo ocurrido -negado por Ferrovías- presentó su boleto del viaje, las constancias de atención en ese hospital municipal de Vicente López y se constató que la empresa tenía registrado un “evento” en las vías ese día.
Advertencia de los jueces
Los jueces del Tribunal de Apelaciones elevaron la indemnización fijada por la justicia civil de primera instancia y la llevaron a más de dos millones y medio de pesos, más intereses calculados desde la fecha del hecho hasta el pago.
Pero, además, hicieron una advertencia: ” Al ser misión de la judicatura no sólo resolver los conflictos concretos, sino procurar que ellos no se repitan en el futuro, es que se justifica agregar al voto esta recomendación a las partes accionadas”.
De concretarse el debido control policial para evitar agresiones o hechos delictivos en el transporte ferroviario, al igual que de seguridad con relación al cierre de las puertas, a los fines que la formación no arranque o que pueda detenerse si se abren las mismas al andar -dos de los factores que han incidido en el desenlace del accidente de este expediente-, implicará un piso de seguridad para los usuarios”
Los magistrados aludieron a la ley 24240 y a la Constitución Nacional.
“En la medida que el control que la misma ley le otorga al concesionario y a la Comisión Reguladora no se practique, los accidentes -con la potencialidad de ser fatales-, lamentablemente se repetirán. Se pregunta Ferrovías en su recurso qué es lo que debe hacer para no ser condenada. Tal interrogante, aún retórico, no puede contestarse por la judicatura, sino por los mismos prestadores del servicio y por la entidad estatal controladora, conocedores de su función”
 El artículo 42 de la Constitución explica que “los consumidores de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, entre otros aspectos, a la protección de la salud y seguridad y, además, a las condiciones de trato digno
“Estos aspectos, entre otros que esa disposición cita, no se han visto cumplidos en estos obrados. No se enuncia a esta norma sólo como una forma de asentar una decisión, sino con el sentido de recordar que el buen obrar de los prestadores del servicio implica su respeto, en tanto asegura a los derechos sociales, funcionales para que todos los individuos se integren a la sociedad en un pie de igualdad”
“Sólo así los pasajeros podrán utilizar ese transporte público sin que implique un riesgo para su integridad física, lo que se traduce en el indispensable respeto a su dignidad. De cumplirse con la letra de la ley, seguramente muchos otros eventos desgraciados se evitarán”

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