En 2017, cuando tenía 7 años, un nene fue invitado al cumpleaños de una compañerita de colegio.
La fiesta se realzó en un pelotero con camas elásticas del barrio porteño de Almagro.
Todo transcurrió con normalidad hasta que, poco antes del fin de fiesta, la mamá recibió un llamado telefónico Le avisaron que el chico tenía dolor en un brazo.
Esa noche terminaron en una clínica, con diagnóstico de fractura y un yeso que tuvo que llevar puesto durante tres meses.
Qué pasó
Por los dichos de otras mamás que se habían quedado en la fiesta, supo que su hijo había caído desde una de las camas elásticas al piso.
En el llamado le dijeron que el pequeño “sufría dolor en su brazo izquierdo”.
“Al llegar al salón, pudo comprobar que se había fracturado dicho miembro”, narró luego en la denuncia.
Según los dichos de las otras mamás, el nene cayó al piso desde una cama elástica, que no habría tenido ningún elemento de seguridad ni supervisión por parte de los coordinadores del evento.
El pequeño estuvo enyesado tres meses y al día de hoy no puede hacer grandes esfuerzos con ese brazo
La demanda
La demanda por daños y perjuicios se presentó contra los responsables del pelotero y su compañía aseguradora.
La Cámara Nacional en lo Civil remarcó, al confirmar un fallo que ordenó indemnizar al niño, que “lo que realmente interesa es tratar de colocar al damnificado en la misma situación en que se hallaba antes del suceso dañoso” para llegar a “una solución justa e integral”.
“La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que cuando el perjudicado resulta disminuido en sus facultades físicas o psíquicas de manera permanente, esta incapacidad debe ser objeto de reparación”.
Esto se da “al margen de que desempeñe o no una actividad productiva, pues tal integridad tiene en sí misma un valor indemnizable y su lesión afecta diversos aspectos de la personalidad que hacen al ámbito doméstico, social, cultural y deportivo co con la consiguiente frustración del desarrollo pleno de la existencia”, citó la sentencia.
Los camaristas Omar Solimine, Juan Manuel Converset y Pablo Tripoli evaluaron que lo ocurrido puede influir en las actividades cotidianas del nene, en las estudiantiles y en la práctica de deportes.
Por eso ordenaron indemnizarlo por incapacidad física y daño moral por casi un millón de pesos más intereses.